La República
Argentina como estado miembro del Sistema Regional de Cooperación para la
Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP) ha decidido adoptar los
Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) o, en su caso, armonizarlos con
las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), de manera de contar con un
sistema reglamentario actualizado y uniforme que refleje un lenguaje común en la
región.
Desde el dictado de
Res. 345/15 se establece la puesta en vigencia del manual LAR 141, se derogan
los regímenes anteriores, CRA 116/01, 162/01 y 09/99 y se prevé un período de
adecuación a la normativa para que las instituciones se adecuen a la nueva
estructura; ante ello, las Instituciones que den instrucción para la formación
en las distintas especialidades aeronáuticas, deberán ajustarse a esta normativa
al antes del día 1 de junio de 2016.
Para atender estas
cuestiones, la FADA organizó una reunión para las 10:30 hs. del día de cierre
del "Show Aéreo Allen 2016" con el fin de analizar el estado de adecuación de
las normas RAAC a las LAR, en especial, lo que respecta a la modificación de las
regulaciones de los CIAC, Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil.
Existen inquietudes
que surgen de la imposibilidad de adecuar las instituciones, tal cual está
redactada la norma, entre otras, por cuestiones de tiempo, de personal,
económicas y, en muchos casos, por la falta de infraestructura.
La nueva norma prevé
una clasificación de tres clases de centros de instrucción; la CIAC tipo 1:
"Teórica", la CIAC tipo 2: "Instrucción en Vuelo" y la CIAC tipo 3: "Instrucción
Teórica, Práctica y en Vuelo", dentro de estas clasificaciones se deberán encuadrar
las instituciones que se dedican a la instrucción practica, se trate o no aeroclubes.
Varios países de
Latinoamérica han aplicado esta normativa y, en los casos de Chile y Uruguay,
conviven sus normas anteriores con la aplicación de la 141, aún así, se
producen las mismas inquietudes que están surgiendo en Argentina.
Consulte el documento en línea
Ver documento RAAC parte 141
vigente al 01/06/2015
Si bien, la normativa anterior exigía que las escuelas acreditaran la
disponibilidad de instalaciones, la existencia de personal capacitado, adecuado
y calificado para dar instrucción y la existencia de un manual de
funcionamiento; la incorporación actual de un manual de instrucción y
procedimiento, con una regulación mas minuciosa de su contenido que agrega
Sistema de Calidad y SMS, obliga a las instituciones a tener una organización
mas considerable, con una estructura más onerosa, lo que resulta complejo para
las actuales conformaciones de los Aeroclubes, pero implica un beneficio notable
en la seguridad y en el funcionamiento idóneo de estas instituciones.
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Ver artículos:
"Show Aéreo Allen 2016 - 23 y 24
de Abril" en Aeromag
Nº 2132
"Allen prepara el 19º Show
Aéreo de la Patagonia" en
Aeromag Nº 2134