La República
Argentina como estado miembro del Sistema Regional de Cooperaci? para la
Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP) ha decidido adoptar los
Reglamentos aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) o, en su caso, armonizarlos con
las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), de manera de contar con un
sistema reglamentario actualizado y uniforme que refleje un lenguaje com? en la
región .
Desde el dictado de
Res. 345/15 se establece la puesta en vigencia del manual LAR 141, se derogan
los reg?enes anteriores, CRA 116/01, 162/01 y 09/99 y se prev?un per?do de
adecuaci? a la normativa para que las instituciones se adecuen a la nueva
estructura; ante ello, las Instituciones que den instrucci? para la formaci?
en las distintas especialidades aeron?ticas, deber? ajustarse a esta normativa
al antes del d? 1 de junio de 2016.
Para atender estas
cuestiones, la FADA organiz?una reuni? para las 10:30 hs. del d? de cierre
del "Show Aéreo Allen 2016" con el fin de analizar el estado de adecuaci? de
las normas RAAC a las LAR, en especial, lo que respecta a la modificaci? de las
regulaciones de los CIAC, Centros de Instrucci? de Aeron?tica Civil.

Existen inquietudes
que surgen de la imposibilidad de adecuar las instituciones, tal cual est?
redactada la norma, entre otras, por cuestiones de tiempo, de personal,
econ?icas y, en muchos casos, por la falta de infraestructura.
La nueva norma prev?
una clasificaci? de tres clases de centros de instrucci?; la CIAC tipo 1:
"Te?ica", la CIAC tipo 2: "Instrucci? en Vuelo" y la CIAC tipo 3: "Instrucci?
Te?ica, Pr?tica y en Vuelo", dentro de estas clasificaciones se deber? encuadrar
las instituciones que se dedican a la instrucci? practica, se trate o no aeroclubes.
Varios pa?es de
Latinoam?ica han aplicado esta normativa y, en los casos de Chile y Uruguay,
conviven sus normas anteriores con la aplicaci? de la 141, a? as? se
producen las mismas inquietudes que est? surgiendo en Argentina.
Consulte el documento en línea

Ver documento RAAC parte 141
vigente al 01/06/2015
Si bien, la normativa anterior exig? que las escuelas acreditaran la
disponibilidad de instalaciones, la existencia de personal capacitado, adecuado
y calificado para dar instrucci? y la existencia de un manual de
funcionamiento; la incorporaci? actual de un manual de instrucci? y
procedimiento, con una regulaci? mas minuciosa de su contenido que agrega
Sistema de Calidad y SMS, obliga a las instituciones a tener una organizaci?
mas considerable, con una estructura m? onerosa, lo que resulta complejo para
las actuales conformaciones de los Aeroclubes, pero implica un beneficio notable
en la seguridad y en el funcionamiento id?eo de estas instituciones.
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Ver art?ulos:
"Show Aéreo Allen 2016 - 23 y 24
de Abril" en Aeromag
N? 2132
"Allen prepara el 19? Show
Aéreo de la Patagonia" en
Aeromag N? 2134