INTERVENCIÓN
DEL DIPUTADO
GUILLERMO
FRANCOS
DEBATE
EN RELACIÓN AL
PROYECTO
DE LEY SOBRE LAVADO DE DINERO
Sesión
del 13 de abril de 2000
Sr.
Francos.- Señor presidente: cuando el año
pasado debatimos la sanción que dio esta
Honorable Cámara al proyecto de ley sobre lavado
de dinero cada uno de los bloques nos expedimos
sobre dicha iniciativa.
Sin
duda, fue uno de los casos paradojales de la
política, porque hubo una enorme discusión
sobre la forma en que la sanción de una
normativa de estas características podía
influir en el desaliento del ingreso de capitales
legítimos en nuestro país. Ese tema demoró
mucho tiempo y se buscó la mejor manera de dar
respuesta a un efecto que por supuesto ninguno de
los señores diputados deseaba.
Pero
la paradoja es que esa bien intencionada
posición del Congreso tuvo lecturas diversas y
algunos dejaban traslucir la idea de que existía
alguna intención del Parlamento en sancionar
esta iniciativa.
Por
eso cuando analizábamos este tema en reunión
conjunta de las comisiones vinculadas a esta
cuestión, ante la sanción del Senado
manifestábamos que era de toda urgencia resolver
este tema y dar sanción definitiva al proyecto
de ley.
Es
cierto que hay aspectos de la sanción del Senado
que nos generan algunas dudas y que en función
del número debemos aceptar por aquello de la
urgencia en tener esta norma.
Recién
aludía uno de los señores diputados
preopinantes a la vieja discusión acerca de si
la Unidad de Información Financiera debe
permanecer en la órbita de la jurisdicción
estatal o si debía ser autárquico. Ese aspecto
fue debatido y sin duda esto se enmarca dentro de
las discusiones institucionales que solemos
realizar sobre la injerencia que a veces han
tenido algunos órganos de un poder del Estado
sobre otro.
Ello
ha generado prejuicios en algunos sectores de la
dirigencia política y nos llevó a pensar que
era mucho más razonable establecer para este
organismo un sistema de autarquía, lo cual no
fue compartido por el Senado, quien en su
sanción dispuso que estuviera en la órbita del
Ministerio de Justicia.
En
ese sentido no nos parece que sobre este tema
deba hacerse una objeción frontal; debe
prevalecer el espíritu de que finalmente el
organismo exista dentro del Estado,
específicamente dentro del Ministerio de
Justicia. Los poderes del Estado son los que
tendrán que controlar que pueda manejarse con
independencia.
En
cuanto a los tipos penales, es cierto que hay
aspectos de la reforma del Senado que han sido
buenos y otros que han sido negativos. Es muy
difícil en este punto ganar la discusión en
términos absolutos.
La
insistencia en la sanción de esta Cámara tiene
gran relación con la observación que formulaba
la señora diputada Carrió en la primera parte
de su exposición, cuando se refería al delito
precedente. En la sanción del Senado se obvió
la comisión del delito precedente en extraña
jurisdicción como sustento del delito de
encubrimiento en la Argentina. Este es un tema
básico; es riesgoso avanzar en la sanción del
Senado porque puede llegar a interpretarse que
muchas causas que actualmente están en trámite
quedarán sin sustento legal. Por ello nos parece
muy oportuno insistir sobre este particular.
Con
respecto a la insistencia de la sanción del
articulo 13 sobre el artículo 12 del
Senado- hemos coincidido ayer con la apreciación
de que no debe establecerse una prioridad sobre
las causas judiciales, que de todas formas, en
términos institucionales, siempre va a existir.
La justicia nunca puede ser dejada de lado por
una investigación administrativa, pero puede
ocurrir que se utilice a la justicia para cerrar
o impedir una investigación administrativa. Eso
es lo que podría interpretarse según la forma
en que quedó redactado el artículo 12 en la
sanción del Senado.
Por
último, otro de los artículos en los que
estamos de acuerdo en insistir en la sanción de
esta Cámara es el 19. Según la sanción del
Senado, en dicho artículo se dispone el archivo
y destrucción de la documentación después de
cinco años.
Esta
disposición significa establecer un límite muy
corto en el tiempo de los procesos
investigativos, que en la mayoría de los casos
demandan muchos años y se encuentran
concatenados con otros procesos que se realizan
en extraña jurisdicción y que es imposible que
se manejen según los tiempos de nuestras propias
investigaciones.
Esta
es una cuestión que nos ha llevado cuatro o
cinco años de debate. Ahora debe prevalecer el
espíritu de avanzar en este camino para que la
Argentina cuente con un organismo de control de
lavado de dinero como los que en los últimos
años se han desarrollado en la mayoría de los
países. Ese organismo debe estar manejado por
especialistas que obtengan su lugar por medio de
concursos públicos y que en definitiva coadyuven
a la tarea que actualmente se viene desarrollando
en otros ámbitos del Estado. De suyo, el Banco
Central ha hecho y continúa haciendo
investigaciones sobre este tema.
Debemos
contar con un organismo con el que podamos dar
claridad a muchas inversiones de nuestro país
que en más de una oportunidad han sido
sospechadas. De todas formas, hay que tener
cuidado para que, en el afán de amparar y
proteger las inversiones legítimas, no se
filtren por algún pliegue las inversiones
ilegítimas, las que son sospechadas y que han
servido para dar cobertura, sustento y recursos a
uno de los delitos que más daño ha ocasionado a
las sociedades del mundo, que es el de tráfico
de drogas.