A partir del 1 de febrero de 2018,
según Resolución N° 25 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC),
será obligatoria la instalación y uso de un equipo respondedor (ATC Transponder)
o un Sistema de Vigilancia Dependiente Automática (Automatic Dependent
Surveillance Broadcast, por sus siglas en inglés ADS-B) para todas las aeronaves
de uso agrícola con matrícula argentina que operen en el espacio aéreo del norte
del país (a partir del paralelo 29º).
Esto se hará extensivo a las
aeronaves que realicen vuelos de aviación agrícola a partir del 1 de agosto.
La instalación y el uso de estos
equipamientos permitirán localizar e identificar las aeronaves, evitando así ser
precalificadas como potenciales usuarios ilegales.
La Resolución también establece el
contenido mínimo y la obligatoriedad de brindar la “Información de Intención de
Vuelo” para que quienes tengan la intención de llevar a cabo una operación aérea
a partir del paralelo 29° y no estén alcanzados por la obligatoriedad de
presentación del Plan de Vuelo, puedan notificar el vuelo de que se trate
previamente y evitar ser considerados tránsitos aéreos irregulares u hostiles.
De esta forma se contará con
información en tiempo real y de manera previa al desarrollo de las operaciones
aéreas que se efectúen en ese espacio aéreo norte de jurisdicción. Asimismo,
estas medidas contribuyen a prevenir potenciales actividades ilegales.
Ver Resolución ANAC 25/2018
La Administración Nacional de
Aviación Civil, ANAC, autoridad aeronáutica de la República Argentina; es un
organismo descenralizado que funciona bajo la órbita del Ministerio de
Transporte de la Nación, destinado a atender, regular y controlar la actividad
aérea en la República Argentina. Suis misiones y funciones son: Normar, regular
y fiscalizar la aviación civil argentina, instruyendo e integrando a la
comunidad aeronáutica. Garantizar la seguridad y excelencia en el desarrollo
integral de la aviación civil argentina.
Más
información en:
anac.gob.ar