Hom. Cámara de Diputados de la Nación

INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO

ALFREDO CASTAÑÓN

DEBATE EN RELACIÓN AL

PROYECTO DE DECLARACIÓN DE EMERGENCIA ECONÓMICO - FINANCIERA

Sesión del 23 de marzo de 2000

 

Sr. Castañón: Señor presidente: cuando leí por primera vez el proyecto de ley que envió el Poder Ejecutivo tuve una extraña sensación. Aquí en varias oportunidades se diferenció el traspaso de gobierno producido el 10 de diciembre último con el que tuvo lugar en el año 1989.

Por supuesto que los argentinos tenemos que festejar este tránsito constitucional ordenado, pero esto tiene que ver también con el saneamiento de las cuentas públicas, porque el desastre del año 1989 en materia económica fue el que afectó las instituciones.

Ahora la sensación que tengo es de que abordamos tranquila y ordenadamente el tema institucional, pero el Pode Ejecutivo pretende empezar de nuevo con cada cambio de gobierno. Esto sucedía en el pasado, cuando los cambios eran traumáticos y no constitucionales; pero hoy el Estado tiene una continuidad que debe ser respetada como para que nos respeten no sólo en el interior, sino también en el exterior del país.

Digo que este proyecto pretende empezar de cero, con un Estado que por supuesto tiene cosas que modificar, ya que como toda administración es perfectible. Pero aquí lo que se pretende es olvidar todo lo que se ha hecho. Se está pretendiendo romper con estructuras del SINAPA; se pretende olvidar los compromisos que el Estado suscribió legalmente con sus proveedores; se pretende refinanciar deudas que en general son de estos últimos y que no se corresponden con un estado de emergencia.

No voy a abundar en tratar de demostrar la inexistencia de la emergencia. Lo que sí quiero subrayar es que a un acreedor del año 1989, al que se le prometió en 1991 pagarle con bonos, a una razonable tasa de interés y con una moneda estable, se lo benefició, porque anteriormente tenía el prejuicio de la inflación que lo deterioraba fundamentalmente.

Entonces, no podemos permitir que se viole este principio de continuidad del Estado, admitiendo que cada administración que asuma desconozca los compromisos de la administración anterior. En este sentido, nuestro dictamen acepta una pequeña suspensión de los juicios contra el Estado al sólo efecto de realizar un inventario de los mismos y que la Procuración del Tesoro pueda tomar decisiones globales y de política de defensa del Estado para cada uno de los casos.

Discrepo con el señor diputado Baglini cuando dijo que el dictamen de nuestro bloque era similar al de la mayoría. No es así: en materia de suspensión de juicios el dictamen de mayoría pone en cabeza del juzgado la remisión de los datos del juicio a la Procuración del Tesoro. Nos hemos cansado de escuchar aquí, en las comisiones -especialmente en la de Justicia- y en cuanto foro conocemos que la Justicia está atestada de trabajo, que está superada por los pleitos. Entonces, el dictamen de mayoría está obligando a realizar un enorme trabajo a la Justicia, que incluso tendrá que sacar expedientes del archivo y analizar en qué estado se encuentran. Por eso nuestro dictamen incorpora la obligación de registrar el pleito únicamente para la parte actora.

Por otro lado, el procurador del Tesoro ha planteado el tema diciendo que esto se debe reordenar y hacerse un censo de los pleitos. Este censo ya se hizo hace dos años, pero el procurador del Tesoro no confió en él. Por eso nosotros hemos adjudicado al procurador del Tesoro la obligación de mantener un registro actualizado, considerándose falta grave no hacerlo. Si no, dentro de un año y medio o dos puede aparecer el mismo procurador del Tesoro u otro diciendo que necesita otro sistema, otro registro, otro censo, y los pleitos se dilatan cada vez más.

En otro orden de ideas, consideramos que las cuestiones previsionales y las vinculadas a las fuerzas armadas y de seguridad constituyen un verdadero problema, con el grave perjuicio de que no se puede reconocer lo que legítimamente se está reclamando en virtud de que se esperan sentencias judiciales. Por eso en este caso sí aceptamos la consolidación de estas deudas, simplemente porque de otro modo el Estado no podría hacer frente a su pago.

Finalmente, daré lectura de algo que es demostrativo de que lo que se pretende con esta iniciativa es romper la continuidad del Estado. El señor secretario de la Función Pública, doctor Leandro Popik, repartió un informe sobre las funciones ejecutivas dentro del marco del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa cuando estuvo en la reunión que celebraron en forma conjunta las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales el 23 de febrero del corriente año. El informe dice lo siguiente: “Es conocida la trascendencia del régimen de cargos por funciones ejecutivas en el SINAPA para la arquitectura diseñada en la reforma administrativa del Estado. En definitiva, dicho régimen, pues, apunta a recomponer la capacidad gerencial en la administración pública nacional.” Y más adelante agrega: “El régimen instituye una estabilidad de cinco años en el ejercicio de las funciones; la reducción de la rotación de los funcionarios y su permanencia en el cargo aparecen como una condición necesaria, aunque no suficiente, para asegurar un rendimiento efectivo de su gestión y a través de ella del rendimiento organizacional en su conjunto.”

El SINAPA no pretende otra cosa que no sea mantener los niveles gerenciales y la coherencia en la administración del Estado. Sin embargo, el señor Popik ha dicho lo siguiente, según consta en la versión taquigráfica: “El alcance de esta medida no es tan importante si uno tiene en cuenta que sobre más de 260 mil empleados del Poder Ejecutivo nacional, sólo se verán alcanzados por la norma un poco más de mil."

En realidad yo digo más precisamente que son 1.100 -según el mismo informe del funcionario-, los que tienen sobre sus espaldas la carga del verdadero gerenciamiento del Estado. Se trata de poco más de mil funcionarios que han llegado a ocupar su cargo por concurso.

Más adelante el señor Popik continúa: "...el mecanismo por el cual se puede dejar cesante la función ejecutiva de un director nacional o general puede llevar a que se haga un mamarracho con la estructura organizacional del Estado. Muchas veces para dejar cesante a un director nacional lo que hace el funcionario -que necesita poner a alguien en quien pueda delegar- es cambiar el nombre y dibujar funciones que realmente no corresponden..."

Quiero subrayar esto, de modo que lo leeré nuevamente: "Muchas veces para dejar cesante a un director nacional lo que hace el funcionario -que necesita poner a alguien en quien pueda delegar- es cambiar el nombre y dibujar funciones...".

El funcionario también sostuvo lo siguiente: "...si estamos maniatados y no podemos poner en posición de director general o nacional a la persona que realmente va a tener autoridad y capacidad para hacer cosas-, lo que terminará pasando es que se van a contratar personas, lo cual implicará una erogación muy importante para el Estado." Esto significa que se va a contratar personas para suplir a quienes han llegado a ocupar ese cargo por concurso.

El señor Popik prosigue así: "Si el director general o nacional que depende de un funcionario es incapaz de lograr lo que éste necesita, el funcionario no va a tener otro remedio que conseguir el recurso humano capaz de lograr la gestión que requiere, llamando a una persona externa."

Al hablar de una estructura paralela dijo lo siguiente: "Esto ocurre, empieza a ocurrir, lo notamos día a día, y nos preocupa." En definitiva, lo que se pretende es separar de la función a directores nacionales que no sean del color político del secretario o subsecretario de Estado del que dependen.

Creo que ésta es la verdadera razón por la que el Poder Ejecutivo nacional remitió al Congreso de la Nación este proyecto de ley que no es imaginativo sino que repite recetas que sirvieron en el pasado en el marco de una coyuntura muy distinta.

Por lo expuesto, seguimos manteniendo la posición que volcamos en nuestro dictamen de minoría.

 

 
 

 

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